Estamos listos para ayudarte con cualquier solicitud relacionada con nuestros productos.
Completa el formulario y te responderemos lo más pronto posible.
El presente procedimiento se adopta en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor, el Decreto 1074 de 2015, en especial las normas aplicables al comercio electrónico.
Establecer el mecanismo mediante el cual los consumidores pueden presentar Peticiones, Quejas y Reclamos relacionados con los productos comercializados a través del sitio web https://suplementoscolombia.co/ y demás canales de Suplementos de Colombia S.A.S., garantizando el respeto de los derechos del consumidor y una atención oportuna, clara y eficaz.
Este procedimiento aplica a todas las transacciones realizadas por consumidores a través de los canales de comercio electrónico de la empresa, incluyendo página web habilitada para la venta en el territorio de la República de Colombia.
Suplementos de Colombia S.A.S. pone a disposición de los consumidores los siguientes canales electrónicos permanentes para la presentación de PQR:
La presentación de PQR será gratuita y no estará sujeta a requisitos adicionales a los previstos en la ley.
Una vez recibida la PQR por medios electrónicos, la empresa remitirá al consumidor una constancia de recepción indicando:
Para la adecuada gestión de la PQR, el consumidor deberá suministrar, en la medida de lo posible:
La falta de alguno de estos datos no será causal de rechazo de la PQR.
La empresa dará respuesta a las PQR dentro de un término máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su recepción.
Cuando no sea posible atender la solicitud dentro de dicho término, se informará al consumidor antes de su vencimiento, indicando las razones de la demora y la fecha de respuesta definitiva.
Cuando el reclamo esté relacionado con la garantía legal, la empresa dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 7 a 18 de la Ley 1480 de 2011, adoptando la medida correspondiente según el caso concreto.
La respuesta será enviada al consumidor por el mismo medio electrónico utilizado para la presentación de la PQR, salvo autorización expresa de otro canal.
En caso de no recibir respuesta dentro del término legal o no estar conforme con la misma, el consumidor podrá acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
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